Es el mecanismo mediante el cual se permite comunicar operaciones sospechosas, hechos reales o potenciales que den cuenta de señales de alerta o hechos anómalos que potencialmente pudieran coincidir con las operaciones que son perseguidas por la ley, garantizando la confidencialidad y el anonimato de las personas que decidan comunicar dichas situaciones sospechosas.

La comunicación efectuada por el buzón ético asegura la confidencialidad absoluta de quién realiza el comunicado y de la persona que se menciona en la comunicación de operación sospechosa.

El presente comunicado de operación sospechosa no exime a los funcionarios públicos de su obligación de denunciar los delitos que tomaren conocimiento en el ejercicio de sus funciones de conformidad a lo señalado en el artículo 175 del Código de Procedimiento Penal.