DECLARACIÓN DE RENTA

:

Esta declaración se realiza en abril de cada año a través de la presentación del Formulario 22 de Renta. Aquí deben ser declaradas las rentas o ingresos correspondientes al año anterior.

DEUDA PRESCRITA

:

Deuda fiscal o de contribuciones que según ciertos criterios específicos y en un momento determinado, deja de ser deuda.

DPS

:

Declaración y Pago Simultáneo.

EX-CORA

:

Corporación de Reforma Agraria.

EGRESOS

:

Área o proceso de negocio de la TGR, mediante el cual se pagan los beneficios y obligaciones fiscales que el Estado tiene con contribuyentes, personas naturales, jurídicas e instituciones en general. (Débitos)

FOLIO

:

Número único que se asigna a un documento para identificarlo y diferenciarlo de otros documentos similares, como es el caso de las Declaraciones de Renta y de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

INP

:

Institución Normalización Previsional

INGRESOS

:

Platas que entran por concepto de recaudación de impuestos, pagos aduanas, cobranzas administrativas, judicial y todos los ingresos fiscales de organismos externos. (Créditos)

INGRESO FISCAL

:

Corresponde a todos los fondos recaudados por el fisco, provenientes de los impuestos pagados por los contribuyentes, ventas de activos y servicios y utilidades de las empresas estatales.

IMPUESTO

:

Pagos obligatorios de dinero que exige el Estado a los individuos y empresas que no están sujetos a una contraprestación directa, con el fin de financiar los gastos propios de la administración del Estado y la provisión de bienes y servicios de carácter público.

IRA

:

Institución Recaudadora Autorizada.

IVA

:

Impuesto Valor Agregado que consiste en el recargo del 19% al monto del precio final determinado por el vendedor de un bien o servicio.

 
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