Solicitar a la Tesorería General de la República que actualice el Registro de los Propietarios que tienen predios sujetos a deudas ex Cora.
El cambio de nombre del propietario habitualmente se produce por la compra-venta, cesión de derechos o herencias, incorporación de nuevas deudas, liquidación de sociedades, etc., y en aquellos casos la Tesorería debe tener un registro al día del propietario o asignatario del predio.
La Tesorería General de la República emprenderá la cobranza administrativa y judicial sobre el último titular registrado, de ahí la importancia de mantener el registro actualizado.
El trámite lo puede realizar el antiguo o nuevo propietario indistintamente, con los poderes legales que correspondan.
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Propietarios (asignatarios) de predios agrícolas con deuda ex-Cora y sus potenciales compradores o herederos que cumplan los siguientes requisitos:
- Conocer las referencias del predio: comuna y proyecto, sitio, lote, parcela y/o reserva Cora según sea el caso.
- Documentación de la venta o cesión o sucesión.
- Si el predio ha sido dividido, realizar las gestiones respectivas en el Servicio de Impuestos Internos.
En el caso de compra-venta de la propiedad con deuda ex Cora:
- Escritura de compraventa inscrita en el conservador de Bienes Raíces (original y copia simple) o copia notarial.
- Certificado de Dominio Vigente con un máximo de 30 días (original).
Si el cambio de propietario es producto de una herencia:
- Posesión efectiva (original y copia simple) o copia notarial más la partición.
Si el predio fue loteado o dividido:
- Certificado de Avaluó Total de la propiedad. (Original).
- Certificado de Avalúo Proporcional (emitido por el Servicio de Impuestos Internos, vigencia semestral) (Original).